¿Qué es el descuelgue salarial del convenio colectivo?

¿Qué es el descuelgue salarial del convenio colectivo?
Las empresas o autónomos, en el momento de contratar a un trabajador, están obligados a contratar el seguro que figura en el convenio colectivo pertinente.
El convenio al que se acoja tu empresa dictará elementos tales como: el salario que percibirá el trabajador, los descansos o la duración de su contrato.
La acogida al convenio colectivo es obligatoria. No obstante, en ocasiones, al empresario se le permite modificar las condiciones establecidas en el mismo. A este proceso se le conoce como descuelgue salarial del convenio.
¿En qué consiste el descuelgue salarial de convenio?
El descuelgue salarial se trata de un procedimiento extraordinario. Por tanto, ni todo empresario podrá acogerse al mismo, ni podrá realizarse en cualquier circunstancia.
Mediante el descuelgue de un Convenio Colectivo un empresario podrá aplicar condiciones de trabajo distintas a las recogidas en el convenio colectivo. Eso sí, se hará siempre tras un período de consultas, que estudie el caso concreto y apruebe las nuevas condiciones solicitadas por el empresario o autónomo.
, ¿por qué un empresario acude al descuelgue salarial? Dicho descuelgue está justificado en los casos que, por ejemplo, una empresa esté atravesando una situación económica complicada. Aquí se le darán ciertas facilidades a la empresa para que pueda asumir un coste salarial menor que en circunstancias normales y que están pautadas en el convenio colectivo que le corresponde.
Se fomenta el uso de este procedimiento a empresas que no pasan por su mejor época, a fin de evitar situaciones más drásticas, como son: reducción de salarios, reducción de la jornada laboral o el despido colectivo de trabajadores.
¿Qué causas justifican el procedimiento de descuelgue salarial?
Como hemos comentado, no todo empresario puede acudir al descuelgue salarial. Y debe justificar por qué necesita cambiar las condiciones establecidas en el convenio. Por ello, se establecen una serie de causas que justificarán el descuelgue, tal y como alega el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores. Te las detallamos:
Causas económicas. Cuando la empresa atraviese una situación económica difícil, contando con pérdidas o que sus ingresos estén disminuyendo de manera considerable. Pero, esa disminución debe ser persistente durante, al menos, dos trimestres consecutivos en comparación con los ingresos registrados en esos trimestres del año anterior.
Causas técnicas. Cuando hay cambios en los instrumentos de producción.
Causas organizativas. Se producen cambios en el sistema o método de organización del personal o la producción.
Causas productivas. Se producen cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende ofertar en el mercado.
Es importante recalcar que, un empresario puede variar las condiciones del convenio colectivo en material salarial. Sin embargo, nunca podrá establecer un salario por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

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